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Nuevas normas a partir de junio de 2011
A partir del 18 de junio de 2011, se aplican nuevas normas en materia de alimentos. Se mantiene la protección judicial del acreedor de alimentos al permitirle demandar al deudor ante los tribunales de su Estado de residencia. Además, en la mayoría de los casos, el Protocolo de La Haya de 2007 determina la ley aplicable en materia de obligaciones de alimentos, y toda resolución judicial de los tribunales de los Estados miembros se transmite libremente en la Unión Europea y puede ser ejecutada en cualquier Estado miembro sin más trámites. Por último, los acreedores y los deudores de alimentos se benefician de la asistencia administrativa que prestan los Estados miembros.
Las nuevas normas se aplican en los 27 Estados miembros de la UE, incluida Dinamarca, con arreglo al Acuerdo de 19 de octubre de 2005 entre la Comunidad Europea y el Reino de Dinamarca sobre la competencia, el reconocimiento y la ejecución de la resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. No obstante, Dinamarca no aplica ciertas normas, en particular las relativas a la ley aplicable y la cooperación entre las autoridades centrales.
Las nuevas normas también disponen que las autoridades administrativas pueden considerarse órganos jurisdiccionales a efectos de procedimientos en materia de pensiones alimenticias. La lista de las autoridades puede consultarse aquí (290 Kb)
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Cuando la pensión alimenticia la debe pagar o recibir una persona que reside en un país no miembro de la UE, el Convenio sobre cobro internacional de alimentos para niños y otros miembros de la familia y el Protocolo sobre la ley aplicable a las obligaciones alimenticias pueden ayudar a cobrar la pensión alimenticia en los Estados no miembros de la UE que son partes contratantes de estos instrumentos internacionales. El Convenio entró en vigor para la UE con respecto a los terceros Estados partes del mismo el 1 de agosto de 2014.
Formulario estándar no obligatorio para declarar los atrasos en el pago de la pensión de alimentos
Con objeto de facilitar la aplicación práctica del Reglamento sobre obligaciones de alimentos y el ejercicio efectivo de los derechos de los ciudadanos en toda la UE, la Red Judicial Europea en materia civil y mercantil ha elaborado un formulario estándar no obligatorio para declarar los atrasos en el pago de la pensión de alimentos.
Este formulario no obligatorio sirve para facilitar el cobro de los atrasos de la pensión de alimentos y está disponible en 23 lenguas. Al formulario se adjunta una guía práctica para su cumplimentación. Está disponible en los siguientes formatos: PDF (966 Kb)
y XLS
(197 Kb)
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