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Puede darse el caso de que, después de iniciado un proceso judicial, las actuaciones del tribunal transcurran lentamente y usted se sienta desprotegido. Teme que su deudor se aproveche de la lentitud de los procedimientos y de las distintas posibilidades de recurso a su alcance para ponerse a salvo de sus acreedores antes de que se dicte sentencia. Por ejemplo, es posible que se vea tentado de manipular su propia insolvencia o de ocultar determinados activos. En tal caso, le conviene a usted solicitar del tribunal la aplicación de medidas provisionales.
El tribunal puede, pues, adoptar medidas provisionales o cautelares contra el patrimonio del deudor. La finalidad que se persigue con ellas anticiparse a la sentencia definitiva, atendiendo a las circunstancias del caso y durante un determinado período de tiempo, con el fin de garantizar el cumplimiento de la misma una vez que se dicte.
Sin embargo, existen grandes diferencias entre los Estados miembros en cuanto a los requisitos necesarios para la adopción de medidas de este tipo.
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